Ayer asistimos a un espectáculo impensable en democracia. Habíamos ofrecido a la Plataforma por el Empleo Digno que usaran nuestro local para que dieran la rueda de prensa que tenían convocada para explicar sus propuestas para la creación de empleo en la ciudad, con toda la libertad que la cesión del mismo conlleva, porque 8 de Marzo, dispone del local previa cesión de uso por parte del ayuntamiento desde el año 2005, es decir, no invade ni "ocupa" de manera ilegal ningún espacio y goza por tanto de plena libertad para desarrollar en él sus actividades, siempre en el marco de la legalidad vigente y el respeto a la Constitución. Los hechos son los siguientes: la trabajadora que desempeña funciones de Ordenanza en el Centro de Asociaciones de San Juan impide la entrada a los medios diciendo haber recibido instrucciones vía telefónica por parte de la jefa de gabinete de prensa del ayuntamiento para "impedir la entrada de cámaras en el centro" y que para dar una rueda de prensa, "las asociaciones tienen que pedir permiso al ayuntamiento". Cuando se le pregunta si existe escrito o documento expreso y el nombre de la persona que dió la orden responde desconocer ambos aspectos, cuando se le pide lo solicite, por toda respuesta se levanta de su silla y se esconde (literalmente). Vamos, que la rueda de prensa se hizo en la calle, a las puertas del centro. Para troncharse de la risa si no fuera porque:
Se vulnera nuestro derecho a usar un local que previamente se nos ha cedido sin que medie ninguna clase de mal uso (no hacemos barbacoas, ni pintarrajeamos las paredes, no nos reunimos para preparar atentados ni alterar el orden público).
Se atenta a los Derechos y Libertades consagrados en el capítulo II, del Título I de la CE: libertad de expresión, de reunión y de asociación al pretender hacernos pedir permiso para divulgar e informar de nuestras opiniones, actividades y propuestas a través de los medios de comunicación, cuando el art. 22 indica expresamente: "las asociaciones sólo podrán ser disueltas o suspendidas en sus actividades mediante resolución judicial motivada".
Se produce una intromisión en el desarrollo de las actividades de la asociación en cuanto a la cooperación y solidaridad con otras organizaciones sociales con quienes compartimos objetivos comunes: defensa de la igualdad, la libertad y la democracia.
Entra en colisión con los objetivos del Área 6, de Participación social, política y cooperación como proceso de visibilización de las mujeres, del III PIOM de Extremadura, y con el I Plan de Igualdad del ayuntamiento de Plasencia.
Contradice lo establecido en los artículos 9 (fimento del asociacionismo), 11 (derecho de reunión), 12 (promoción efectiva de los derechos de participación), del flamante, y al parecer inservible, Reglamento de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Plasencia.
Da la orden una candidata al parlamento autonómico, Mireya Conejero Domínguez, toda una garantía democrática por intromisión en campos que no le competen: ni en materia de personal al servicio de una institución pública ni en asuntos propios de una asociación.
Y lo que es peor: hace que perdamos la confianza en quienes gestionan las instituciones públicas y se nos quiten las ganas de seguir colaborando en los órganos de participación ciudadana como el Consejo Municipal de las Mujeres.
Alguien debería hacer una profunda reflexión sobre lo ocurrido y actuar, además de conformidad con la Constitución y las leyes, con un mínimo de sentido democrático.
Un acuerdo de la Asociación por la Igualdad de Género 8 de Marzo.Se vulnera nuestro derecho a usar un local que previamente se nos ha cedido sin que medie ninguna clase de mal uso (no hacemos barbacoas, ni pintarrajeamos las paredes, no nos reunimos para preparar atentados ni alterar el orden público).
Se atenta a los Derechos y Libertades consagrados en el capítulo II, del Título I de la CE: libertad de expresión, de reunión y de asociación al pretender hacernos pedir permiso para divulgar e informar de nuestras opiniones, actividades y propuestas a través de los medios de comunicación, cuando el art. 22 indica expresamente: "las asociaciones sólo podrán ser disueltas o suspendidas en sus actividades mediante resolución judicial motivada".
Se produce una intromisión en el desarrollo de las actividades de la asociación en cuanto a la cooperación y solidaridad con otras organizaciones sociales con quienes compartimos objetivos comunes: defensa de la igualdad, la libertad y la democracia.
Entra en colisión con los objetivos del Área 6, de Participación social, política y cooperación como proceso de visibilización de las mujeres, del III PIOM de Extremadura, y con el I Plan de Igualdad del ayuntamiento de Plasencia.
Contradice lo establecido en los artículos 9 (fimento del asociacionismo), 11 (derecho de reunión), 12 (promoción efectiva de los derechos de participación), del flamante, y al parecer inservible, Reglamento de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Plasencia.
Da la orden una candidata al parlamento autonómico, Mireya Conejero Domínguez, toda una garantía democrática por intromisión en campos que no le competen: ni en materia de personal al servicio de una institución pública ni en asuntos propios de una asociación.
Y lo que es peor: hace que perdamos la confianza en quienes gestionan las instituciones públicas y se nos quiten las ganas de seguir colaborando en los órganos de participación ciudadana como el Consejo Municipal de las Mujeres.
Alguien debería hacer una profunda reflexión sobre lo ocurrido y actuar, además de conformidad con la Constitución y las leyes, con un mínimo de sentido democrático.
Nota: este comunicado ha sido ampliado en la mañana del 4 de marzo, una vez confirmada la identidad de la jefa de gabinete de prensa, que se nos ocultó en el momento de producirse el veto a los medios
1 comentario:
Al final va a tener razón Moriano el Facha ( compañero mio) cuando dice que los socialistas son los que han traido la dictadura a este país
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