Estos primeros meses de 2011 arrojan un desalentador panorama. La violencia contra las mujeres le ha costado la vida a 27 personas, 25 mujeres y 2 menores, hija e hijo de sendas madres violentadas. La disparidad en la contabilidad de los casos entre las fuentes oficiales y las de asociaciones de mujeres deriva del concepto que manejan unas y otras. En los cómputos estatales sólo se tienen en cuenta las mujeres asesinadas por sus parejas o ex-parejas (reproducidas en los medios de comunicación), quedando excluidas las niñas y niños, las mujeres asesinadas tras una agresión sexual o las de tráfico y explotación sexual, mientras las estadísticas registradas por organizaciones feministas sí las incluyen.
La disparidad va mucho más allá de las cifras porque parte de criterios distintos. La legislación española, pese a basarse en la definición que NN UU hace del concepto de violencia de género en la Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer de 1993, deja en el vacío las agresiones que puedan sufrir las mujeres fuera del marco afectivo o de pareja, así como a las hijas e hijos cuando se trata de violencia de género intrafamiliar.
La importancia de este vacío es tremenda, nos encontramos a hombres condenados por VG que obtienen régimen de visitas y hasta custodias, porque la idealización de la figura paterna como buena en sí misma es tan fuerte que aun mediando una situación de riesgo evidente, se priman los derechos paternos.
Como muestra, la lamentable sentencia del Tribunal Constitucional que "no considera de trascendencia constitucional" la exigencia de responsabilidad de la Administración de Justicia por haber concedido régimen de visitas a su ex-marido pese la situación de violencia de género denunciada y los informes de los Servicios Sociales que lo desaconsejaban por el bien de la niña, asesinada finalmente por su padre para causar el mayor dolor a la madre, recordemos, una ex-esposa que denunció y se atrevió a divorciarse.
El fallo del Constitucional da la imagen de una Justicia autocomplaciente sin capacidad de autocrítica y autocorrección ante clamorosos y bochornosos fallos: aquí nadie se equivoca, vienen a decirnos, pero eso que se lo digan a la niña. Una Justicia que no reconoce sus propios errores, y por tanto, se niega a reparar los daños causados, deja la puerta abierta a nuevas situaciones de desamparo. Porque de haber respaldado las demandas de Ángeles González Carreño, se habría sentado un precedente esperanzador para muchas niñas y niños a quienes los tribunales ponen en manos de individuos que tras la imagen de padres amantísimos esconden feroces asesinos.
Desde luego que queda mucho que recorrer, pero así no se avanza, así nos estancamos. Dice nuestra amiga Ángela que violencia y amor son incompatibles, habrá que añadir que violencia y paternidad tampoco. Carmen Martín Serrano. Asociación por la Igualdad de Género 8 de Marzo.
La disparidad va mucho más allá de las cifras porque parte de criterios distintos. La legislación española, pese a basarse en la definición que NN UU hace del concepto de violencia de género en la Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer de 1993, deja en el vacío las agresiones que puedan sufrir las mujeres fuera del marco afectivo o de pareja, así como a las hijas e hijos cuando se trata de violencia de género intrafamiliar.
La importancia de este vacío es tremenda, nos encontramos a hombres condenados por VG que obtienen régimen de visitas y hasta custodias, porque la idealización de la figura paterna como buena en sí misma es tan fuerte que aun mediando una situación de riesgo evidente, se priman los derechos paternos.
Como muestra, la lamentable sentencia del Tribunal Constitucional que "no considera de trascendencia constitucional" la exigencia de responsabilidad de la Administración de Justicia por haber concedido régimen de visitas a su ex-marido pese la situación de violencia de género denunciada y los informes de los Servicios Sociales que lo desaconsejaban por el bien de la niña, asesinada finalmente por su padre para causar el mayor dolor a la madre, recordemos, una ex-esposa que denunció y se atrevió a divorciarse.
El fallo del Constitucional da la imagen de una Justicia autocomplaciente sin capacidad de autocrítica y autocorrección ante clamorosos y bochornosos fallos: aquí nadie se equivoca, vienen a decirnos, pero eso que se lo digan a la niña. Una Justicia que no reconoce sus propios errores, y por tanto, se niega a reparar los daños causados, deja la puerta abierta a nuevas situaciones de desamparo. Porque de haber respaldado las demandas de Ángeles González Carreño, se habría sentado un precedente esperanzador para muchas niñas y niños a quienes los tribunales ponen en manos de individuos que tras la imagen de padres amantísimos esconden feroces asesinos.
Desde luego que queda mucho que recorrer, pero así no se avanza, así nos estancamos. Dice nuestra amiga Ángela que violencia y amor son incompatibles, habrá que añadir que violencia y paternidad tampoco. Carmen Martín Serrano. Asociación por la Igualdad de Género 8 de Marzo.
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